El movimiento cooperativo logró un gran avance al decretarse el 24 de Octubre en mediante el Decreto 4.015 y su publicación en la Gaceta Oficial No 41.745 la Exoneración del Impuesto Sobre la Renta, por dos años, a las cooperativas. Desde el año 2015 el cooperativismo luchaba intensamente, con acciones públicas y gestiones ante los organismos del Estado, para que se enmendara el error de imponer impuestos sobre la renta a organizaciones que no generan renta, como son las cooperativas.
Aunque este decreto es un avance que fue decisivamente apoyado e impulsado por la Superintencia de Cooperativas del Ministerio de las Comunas, las cooperativas mantienen ante el Tribunal Supremo de Justicia, una acción popular por inconstitucionalidad de los artículos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta aprobada en el año 2015 en dónde se eliminó la exención de las cooperativas al mencionado impuesto. Lo que corresponde es que las cooperativas estén exentas por su esencia solidaria y sin fines de lucro. Las leyes vigentes tienen suficientes mecanismos para eliminar las simulaciones de cooperativas que se intenten implantar. Esa demanda por inconstiitucionalidad ya fue admitida por el TSJ y está para su decisión.
De hecho otras modalidades de Economía de las comunidades están exentas de todo tipo de impuestos, incluyendo el impuesto sobre la Renta, haciendo incomprensible la diferencia establecida con las cooperativas.
VER DEMANDA ACCIÓN POPULAR POR INCONSTITUCIONALIDAD.
Las cooperativas que deseen optar por la exoneración bajo el nuevo decreto deberán obtener un certificad de fiel cumplimiento que se otorgará a las entidades que no tengan trabajadores dependientes y evidencien su esencia democrática en la gestión de la organización
VER JURISPRUDENCIA DE SUNACOOP